DINÁMICA DE LA MEDIACIÓN.
“…La mediación puede llevarse a cabo en una o más audiencias de duración variable, tiempo que puede oscilar entre una o varias horas, a uno o varios días.
Normalmente, las partes se reúnen en sesiones conjuntas. Pueden o no utilizarse reuniones en privado (o por separado) con cada una de las partes. Habrá supuestos en que solamente se utilizarán reuniones privadas, comúnmente los mediadores llaman a estas reuniones privadas “Caucus”. Todo dependerá de cada mediador y de las circunstancias del caso y características de las partes.
Se ha considerado que la reunión o sesión privada debe realizarse cuando existan causas que justifiquen la interrupción del tratamiento conjunto de los temas del conflicto. En general, cuando se advierte estancamiento en el procedimiento o reticencia de las partes, se utiliza la sesión privada[1]…”
En las audiencias de mediación, el mediador actúa como un catalizador, son su destreza personal y su entrenamiento los que le permiten actuar sobre ambas partes ayudándolas a resolver la disputa, de una manera en que ambas "ganen" o consigan algo que quieran. El procedimiento probatorio y otros mecanismos formales, no se utilizan normalmente en mediación, pero el acuerdo alcanzado puede ser legalmente obligatorio si se plasma en forma de contrato[2].
Una vez terminado el proceso de mediación se Eliminación de todo tipo de anotaciones que el mediador o las partes realicen durante el desarrollo del proceso, pues su misión no es que sirvan de actas ni registro de lo actuado sino simplemente facilitar el desarrollo del proceso.
