LA MEDIACIÓN.
Entre las alternativas de resolución de conflictos, la mediación es la que más desarrollo ha tenido en los últimos 30 años, con indudable éxito. La significativa reducción de los costos legales, el ahorro de tiempo, la posibilidad de solventar cuestiones complejas, la confidencialidad del proceso, y la eliminación de incertidumbres, son algunas de las ventajas que han hecho que muchas compañías y firmas de abogados en los Estados Unidos, Iberoamérica, y Europa se interesen por la mediación[1].
La mediación es uno de los caminos alternativos para lograr una solución más rápida de los conflictos. ...“Se ha sostenido que es obligación de un Estado democrático y moderno, preocupado por el bienestar social, proveer de un servicio de justicia heterogénea. Y ello significa que el deber que tiene el Estado de tutelar los derechos amenazados de los ciudadanos no se satisface solamente con la organización de un Poder Judicial eficiente, probo, transparente, sino que exige que se ofrezca y apoye otras formas de resolución de conflictos que pueden resultar, de acuerdo con la naturaleza del conflicto, más efectivo y menos costoso en términos económicos, rápido en relación con el tiempo empleado en su solución, convenientes en cuanto pueda impedir la recurrencia del conflicto y socialmente mas valiosos en cuanto posibiliten y mejoren la relación futura de las partes”.[2]
Teniendo en cuenta que al contar con este método de resolución de conflicto, estamos contando con una riqueza que reside, precisamente, en que no hay mejor justicia que la de las partes; ellas serán quienes, con la inteligente dirección del mediador, construirán su propia solución.
En la Mediación, el mediador no actúa como juez ni tiene autoridad para imponer una decisión. Simplemente, conduce una audiencia cara a cara y utilizando técnicas especiales para escuchar, cuestionar, negociar y crear opiniones, ayuda a las partes a alcanzar su propia solución.
En cuanto técnica no adversarial, puede conceptuarse como una estrategia destinada a la resolución de conflictos, de la mejor manera posible y por la vía pacífica, mediante la negociación directa entre las partes involucradas en la controversia, eludiendo el litigio y favoreciendo la creatividad en busca de resoluciones posibles.
Se realiza con la intervención de un profesional capacitado al efecto: el mediador, que es un tercero neutral sin capacidad de decidir, en un ámbito de confidencialidad[3].
Además, la mediación fortalece los valores fundamentales de convivencia humana, de respeto, tolerancia, libertad y paz social; pudiendo ofrecer una vía expedita para lograr la vieja aspiración de "dar a cada uno lo suyo".
[1] Artículos Jurídicos en Derecho.com Título: La Mediación: una alternativa eficaz para resolver conflictos empresariales. Autor: Pedro Carulla Benítez, Abogado y Mediador, Consultor de Bartolomé & Briones Fecha: Marzo de 2001.-
[2] Álvarez, Gladys S. Higton; Desafíos actuales del movimiento de Resolución Alternativa de Conflictos” .- 1996 – d- 1022, Suplemento de Resolución de Conflictos (R.C.), a cargo de María Inés Burns. Pág. 5.-
[3] Cfr. Gorvein, Nilda S.: Divorcio y Mediación, Marcos Lerner Editora Córdoba, Colección de Derecho de Familia y Sociología Jurídica, Córdoba, 1994, pp. 81 y ss.


juan A. Ortega dijo
ES UN MUY BUEN TRABAJO , ME GUSTARIA SABER SI EN LA MEDIACIÒN SE TRABAJA CON LAS PARTES EN LA PARTE SICOLOGICA, TENIENDO ENCUENTA EL MUNDO, (TIMPO) ENQUE VIVIMOS
1 Octubre 2007 | 08:21